Los salarios mínimos por categoría están fijados por
Convenio. El Convenio que actualmente nos aplica es: “XIV
CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS
CONSULTORAS DE PLANIFICACIÓN”
Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores estipula en su
artículo 11, punto 1.c) lo siguiente: “...La retribución del
trabajador será la fijada en convenio colectivo para los
trabajadores en prácticas sin que, en su defecto, pueda ser
inferior al 60 o al 75 por 100 durante el primero o el segundo
año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario
fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el
mismo o equivalente puesto de trabajo...”
Así que los Mínimos para los Contratos en Prácticas de
Programadores son:
1º Año: 60% de 12.856,76 € (establecido por Convenio) que
es un total de 7.714,06 €.
2º Año: 75% de 12.856,76 € que es un total de 9.642,57 €.
Por este motivo tenemos compañeros cuyo salario es inferior
al recogido en el Convenio Colectivo, es decir, que la empresa
en esta materia está cumpliendo; no obstante, si alguien se
encontrará en por debajo de estos intervalos, poneos en
contacto con nosotros.
CESS Sevilla
Blog del Comité de Empresa
Esperemos que este mecanismo de Blog sea más beneficioso para todos y así hacer más fácil la participación, porque ya sabéis que necesitamos de vosotros para saber cuáles son vuestras inquietudes, problemas, prioridades y preferencias. Esa es la mejor forma de que podamos luchar por los derechos de este grupo de compañeros que forman la oficina de Coritel en Sevilla.
Queremos que este blog se convierta en el tablón de anuncios donde reuniremos todas las noticias que nos afectan en el entorno laboral.
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jueves, 23 de febrero de 2006
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